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Aportes sinodales y nuevos desafíos para la cultura del cuidado

11 de agosto de 2026
CC
Imagen:
de referencia.

La construcción de una auténtica cultura del cuidado en la Iglesia exige hoy responder a nuevos desafíos jurídicos, pastorales e institucionales. Bajo esa convicción, el Consejo Episcopal Latinoamericano y Caribeño (Celam) realizó el cuarto conversatorio del ciclo "Aportes sinodales para la cultura del cuidado", un espacio de formación que reunió a participantes de diversos países para reflexionar sobre las implicaciones de las recientes decisiones de la Corte Constitucional de Colombia en materia de denuncia, acceso a la información y protección de niños, niñas y adolescentes.

Moderado por María Fernanda Alarcón, el encuentro abordó el tema "Del deber de actuar al deber de responder: la Iglesia frente a nuevas reglas constitucionales sobre denuncia e información en Colombia", resaltando que, aunque las decisiones judiciales corresponden al contexto colombiano, sus implicaciones pueden proyectarse hacia otros países de América Latina y el Caribe.

Las expositoras fueron Ilva Miriam Hoyos Castañeda, presidenta del Consejo Nacional para la Cultura del Cuidado de la Conferencia Episcopal de Colombia y miembro de la Red Latinoamericana y Caribeña para la Cultura del Cuidado del Celam, y Laura Rodríguez, jefa de la Oficina Jurídica de la Conferencia Episcopal de Colombia.

Dos dimensiones del deber de actuar

María Fernanda Alarcón explicó que, en los últimos cinco años, la Corte Constitucional colombiana ha desarrollado una línea jurisprudencial sobre el acceso a la información, el deber de denuncia y la reparación de las víctimas, estableciendo recientemente nuevas reglas que representan importantes desafíos para la Iglesia.

En ese contexto, Ilva Miriam Hoyos señaló que la jurisprudencia ha configurado dos grandes obligaciones para las autoridades eclesiásticas. La primera corresponde al deber de responder las solicitudes de información, especialmente aquellas presentadas por periodistas en ejercicio del derecho de petición. La segunda hace referencia al deber de garantizar la denuncia ante las autoridades civiles cuando existan hechos que puedan constituir delitos contra niños, niñas y adolescentes.

"La Iglesia tiene que contestar derechos de petición", dijo Hoyos al explicar la primera línea jurisprudencial. Sobre la segunda, señaló que la Corte Constitucional estableció que las instituciones eclesiales deben adoptar "normas, mecanismos, procedimientos y protocolos que garanticen el deber de denuncia".

Evolución jurisprudencial

La presidenta del Consejo Nacional para la Cultura del Cuidado explicó que esta evolución comenzó en 2020 con la sentencia T-091, mediante la cual la Corte protegió el derecho de acceso a la información de un periodista que solicitaba datos sobre investigaciones relacionadas con abusos sexuales cometidos por miembros del clero.

Posteriormente, recordó que en 2022 una sentencia de unificación reforzó esa obligación de responder las solicitudes de información. Sin embargo, indicó que 2025 marcó un cambio significativo con tres nuevas decisiones judiciales que, a su juicio, otorgaron rango constitucional a los temas relacionados con la prevención de abusos y la respuesta institucional de la Iglesia.

Entre ellas señaló la sentencia SU-184 de 2025, que amplió el alcance de la información que puede ser solicitada por periodistas, y la sentencia SU-315 de 2025, que ordenó a la diócesis involucrada y a la Conferencia Episcopal de Colombia adoptar mecanismos que garanticen el cumplimiento del deber de denuncia.

El acceso a la información

Laura Rodríguez ahondó en las implicaciones de la sentencia SU-184 de 2025, explicando que la Corte revisó 48 expedientes de tutela relacionados con solicitudes de información presentadas por periodistas.

Según explicó, el tribunal determinó que las autoridades eclesiásticas deben ofrecer respuestas "de fondo, claras, completas y congruentes" a los derechos de petición, especialmente cuando se trate de investigaciones periodísticas relacionadas con abusos sexuales.

La jurista advirtió que el incumplimiento de estas obligaciones puede dar lugar a acciones de tutela e incluso a incidentes de desacato que podrían derivar en sanciones para las autoridades eclesiásticas responsables. Asimismo, señaló que la evolución jurisprudencial ha ampliado la protección del derecho de acceso a la información mientras ha reducido el margen de protección del hábeas data de los clérigos en estos casos.

El deber de denunciar

Respecto a la sentencia SU-315 de 2025, Laura Rodríguez explicó que la Corte estableció que las autoridades eclesiásticas deben denunciar ante las autoridades estatales los hechos que puedan constituir abusos sexuales contra menores de edad ocurridos en ambientes eclesiales.

Añadió que esta obligación implica adoptar medidas preventivas, entre ellas apartar cautelarmente del ministerio a los clérigos denunciados cuando exista riesgo para niños, niñas y adolescentes.

También indicó que el incumplimiento del deber de denuncia puede generar responsabilidades civiles e incluso consecuencias penales para quienes omitan informar los hechos a las autoridades competentes.

La experiencia colombiana y sus proyecciones

Ilva Miriam Hoyos explicó que el caso analizado por la Corte se originó en un proceso relacionado con un sacerdote condenado por abuso sexual contra un menor de edad, quien además ejercía como docente en una institución pública. A partir de ese caso, explicó, la Corte determinó la responsabilidad civil de la diócesis por no haber garantizado oportunamente la denuncia ante las autoridades estatales.

La especialista resaltó que la sentencia ordena comunicar de manera inmediata los hechos a la Fiscalía General de la Nación, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y a la Defensoría del Pueblo, sin esperar la conclusión de investigaciones canónicas preliminares.

Además, dijo que la decisión dispone que la Conferencia Episcopal adopte normas y protocolos específicos sobre el deber de denuncia, lo que representa un precedente que puede influir en otros países de la región.

La respuesta de la Iglesia

Las panelistas explicaron que la Conferencia Episcopal de Colombia emprendió un amplio proceso de estudio de las sentencias y de revisión de sus instrumentos institucionales para dar cumplimiento a las decisiones judiciales.

Como resultado, fueron actualizadas las Líneas Guía para la Cultura del Cuidado, aprobadas por la Asamblea Plenaria de Obispos en febrero de 2026, incorporando un apartado específico sobre verdad y justicia.

Asimismo, se anunció la elaboración de nuevos protocolos y procedimientos sobre el deber de denuncia, así como procesos de formación dirigidos a los obispos y responsables eclesiales. Hoyos remarcó que también se están fortaleciendo los mecanismos internos para responder a los requerimientos de entidades estatales, incluida la Defensoría del Pueblo.

Fortalecer la institucionalidad

Al analizar los desafíos institucionales, Laura Rodríguez sostuvo que todas las diócesis y congregaciones religiosas necesitan contar con estructuras permanentes para atender denuncias y garantizar su adecuado tratamiento tanto en el ámbito canónico como civil.

Igualmente, insistió en la necesidad de fortalecer la gestión documental para responder oportunamente a las solicitudes de información presentadas por periodistas.

"La Iglesia tiene unas cargas importantes en materia de institucionalidad", señaló, subrayando que contar con procedimientos claros y archivos organizados será indispensable para cumplir con las nuevas exigencias constitucionales.

Desafíos para toda América Latina

En la parte final del conversatorio, Ilva Miriam Hoyos sostuvo que el principal desafío sigue siendo colocar a las víctimas en el centro de toda respuesta eclesial. "La deuda que todavía tenemos... es el tema de las víctimas", dijo, al señalar que la reparación integral debe ocupar un lugar prioritario dentro de la cultura del cuidado.

También planteó interrogantes que, a su juicio, deberán seguir siendo objeto de reflexión en la región, entre ellos la relación entre el derecho a la información y la protección de los datos personales de los sacerdotes, el alcance del derecho canónico frente al derecho estatal, la comprensión jurídica de los llamados "patrones de encubrimiento" y las implicaciones del secreto y la confidencialidad en los procesos eclesiales.

La jurista advirtió además que estos debates probablemente llegarán a instancias internacionales de protección de derechos humanos, por lo que consideró necesario que las Iglesias latinoamericanas se preparen desde ahora.

Fuente:
ADN Celam.
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